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VISIóN PANORáMICA

6 de febrero de 2017

Los municipios podrán por ley cerrar canales clandestinos

A través de la modificación del articulo 166 del código de agua, los intendentes tendrán autoridad para intimar a los productores a cerrar los canales clandestinos. Por el momento el intendente Oscar Luciani no se pronunció sobre el tema. Sergio Frascarolli señaló que “tendría que ser el primero en cerrar canales clandestinos”.´ Desde el 25 de enero los municipios tienen facultad para intimar a productores rurales a cerrar canales clandestinos por los que desagotan agua hacia el río Luján. Lo habilita la modificación del articulo 166 del código de agua (Ley 12.257) que se sancionó el 24 de enero de este año. Según la norma: “Los Municipios en forma concurrente con la Autoridad de Aplicación, serán autoridades de comprobación de las infracciones y sanciones(…) estando facultados para recibir denuncias, realizar relevamientos y otras actuaciones tendientes a la constatación de las obras no autorizadas, debiendo contar para ello con personal y equipamiento idóneo”. Realizada la constatación, el Municipio elevará los antecedentes a la Autoridad de Aplicación en el plazo de cinco (5) días.